Impuestos > Resolución Nº 60/17 - 06/02/17

                                                    RESOLUCION Nº 60/17

POR LA CUAL SE ESTABLECE LA MODALIDAD Y PLAZOS DE PRESENTACION DE PLANILLAS LABORALES DEL EJERCICIO 2016, A TRAVES DEL SISTEMA INFORMATICO, VIA PAGINA WEB DEL MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.

                                                                                                      Asunción, 06 de febrero de 2017

VISTO: El Memoranda DROP N° 59/17 de fecha 01 de febrero de 2017, de la Dirección de Registro Obrero Patronal, recepcionado en la Secretaría General con entrada N° 204 en fecha 03 de febrero de 2017, por el cual eleva a consideración del Señor Ministro, la propuesta de Resolución que establece la modalidad y plazos de presentación de planillas laborales del Ejercicio 2016, a través del sistema informático vía página web, del Ministerio
de Trabajo, Empleo y Seguridad Social; y

CONSIDERANDO: Que, resulta necesario establecer la modalidad y el plazo de presentación de planillas laborales según lo establecen los Decretos N° 580/2008 y 919/2013.
Que, la Ley 5115/13, que crea el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, en su artículo 4°, establece: "Competencia. 1. Ejercer la regulación administrativa y de contralor de lo relacionado con el trabajo, el empleo y la seguridad social; 4. Elaborar, ejecutar y fiscalizar las normas generales y particulares referidas a higiene, salud, seguridad y medicina del trabajo en los lugares o ambientes donde se desarrollan las tareas, en las empresas ubicadas en el territorio nacional, organismos y empresas del Estado y en las empresas binacionales".
Que, el artículo 9° del Decreto N° 580/2008, modificado por el artículo 1° del Decreto N° 919/2013, dispone: "La Autoridad Administrativa del Trabajo establecerá las plazas, orden y modalidad bajo los cuales los empleadores deberán remitir a la Dirección de Registro Obrero Patronal, las planillas laborales de tenencia obligatoria...", siendo atribución de la Autoridad Administrativa determinar, además de los plazos, la modalidad en que dicha remisión o presentación sea realizada, y considerando que los sistemas informáticos aportan transparencia, rapidez y eficacia en la gestión pública, garantizando un buen servicio a la ciudadanía, corresponde implementar la modalidad de presentación a través del Sistema Informático, vía página web del MTESS.

Que, la Dirección General de Asesoría Jurídica, se expidió en las términos del Dictamen N° 33/2017, de fecha 30 de enero de 2017, que expresa: ''En base a las fundamentaciones expuestas en el presente dictamen, esta Asesoría considera que corresponde dictar Resolución Ministerial "Por la cual se establecen la modalidad y los plazas de presentación de planillas laborales del Ejercicio 2016, vía Internet, ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social".
Que, la Ley N° 5115/13, en su artículo 11 "Funciones Generales'', establece que: el Ministro en las áreas de trabajo, empleo y seguridad social, ejercerá las siguientes funciones y atribuciones generales: inc. 6 "Dictar las normas reglamentarias generales relativas al ámbito de su competencia legal y fiscalizar su cumplimiento"; inc. 7 "Adoptar medidas de administración, coordinación, supervisión y control necesarias para asegurar el cumplimiento de las funciones de su competencia".

POR TANTO, en uso de sus atribuciones;

EL MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE:

Art. 1° ESTABLECER que la modalidad de remisión o presentación de planillas laborales del Ejercicio 2016, será realizada exclusivamente a través del Sistema Informática vía página web, del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (www.mtess.gov.py), por parte de las empleadores / titulares registrados en la Dirección de Registro Obrero Patronal, según lo previsto en el artículo 9° del Decreto 580/2008 modificado por el artículo 1° del Decreto N° 919/2013.

Art. 2° DISPONER que las planillas laborales remitidas vía web, tendrán valor de Declaración Jurada del Empleador o Patronal, y será realizada por medio de los PASOS detallados en el MANUAL DEL USUARIOS de la sección "PRESENTACION DE PLANILLAS LABORALES" de la página web del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (www.mtess.gov.py).

Art. 3° ESTABLECER el plazo de presentación, en el período comprendido entre el 01 de marzo al 30 de abril del 2017. Vencido este plazo se aplicarán las multas.

Art. 4° DISPONER que para la presentación de las Planillas Laborales del Ejercicio 2016, indefectiblemente los empleadores deberán estar al día con la presentación de planillas de los años anteriores y el pago de las multas, en su caso.

Art. 5° DEJAR establecido que la modalidad, procedimiento y plazos previstos en la presente Resolución, serán aplicables en toda la República del Paraguay.

Art. 6° COMUNICAR a quienes corresponda y archivar.

Fdo.: Guillermo Sosa Flores

Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social

(nc)